Requisitos y Opciones de Titulación

Requisitos para Titulación

El egresado deberá solicitar por escrito al H. Consejo Universitario, la autorización para la obtención del Título Profesional, expedición del mismo y Cédula Profesional, debiendo acompañar a dicha solicitud los siguientes documentos:

I. Copia certificada del certificado de estudios de educación media superior.

II. Copia certificada del certificado completo de estudios de Licenciatura y/o Profesional Asociado.

III. Constancia de Liberación de Servicio Social.

IV. Constancia de Liberación de Prácticas Profesionales, en los planes de estudios que así si lo exijan

V. Recibo de pago del derecho de la Obtención de Título Profesional y de la expedición del Acta de Obtención del Título Profesional.

VI. Constancia de haber presentado el examen de calidad en educación superior aplicado por el organismo que designe esta Universidad

VII. Acreditar alguna de las modalidades u opciones de titulación establecidas en el artículo 75 del Reglamento General de los Alumnos de la Universidad Autónoma de Campeche.

VIII. Entregar un ejemplar de su tesis, cuando la modalidad de obtención del título profesional sea esta.

IX. Constancia de haber acreditado el idioma inglés y la lengua maya para el caso de los Programas Educativos que así lo requieran.




Opciones de Titulación

Las modalidades de titulación que la Universidad Autónoma de Campeche establece en su Reglamento General de los Alumnos son las siguientes:

I. Tesis;

II. Examen general de conocimientos;

III. Manual de prácticas para laboratorio y taller;

IV. Diseño de equipo o máquinas;

V. Curso de titulación;

VI. Seminario de titulación

VII. Los créditos equivalentes a un semestre de maestría o doctorado;

VIII. Memoria de experiencia laboral;

IX. Por promedio;

X. Cuando se obtenga calificación aprobatoria, en los exámenes de calidad en educación superior aplicados por los organismos externos que designe esta

Universidad;

XI. Por proyectos de investigación;

XII. La autoría o coautoría de libros de texto o científicos relacionados con la licenciatura.

XIII. El cursar y aprobar cuando menos 3 unidades de aprendizaje optativas del programa de estudios correspondiente, Cuando el alumno hubiere aprobado el número de créditos necesarios para su egreso.

XIV. Las demás que apruebe el H. Consejo Universitario.